Jurisprudencia
Ponemos a disposición de nuestros lectores diversos fallos y sentencias de instancias nacionales (juzgados locales, tribunales departamentales y cortes superiores) y del orden interamericano, relacionados con la protección y defensa de los derechos fundamentales, haciendo un especial énfasis en los derechos de las personas internamente desplazadas.
En los años recientes, el papel de los operadores jurídicos se ha encaminado al fortalecimiento y defensa de la democracia. Lo que ha hecho que se le de una gran importancia al derecho como fenómeno social y político, en América Latina y especialmente en Colombia.
En efecto se ha visto como las nuevas cartas políticas han dado al poder judicial elementos que frenan intentos de abuso del poder y detrimento de los derechos humanos por parte del Ejecutivo y del Legislativo. De igual forma las nuevas constituciones han ampliado o mejorado los instrumentos y herramientas de participación, de exigibilidad y de acceso a la justicia, lo que ha implicado mayor demanda y actividad por parte de los operadores judiciales, cuyo papel ya no se reduce a la aplicación literal de la ley, sin importar su significado (lo que es propio del paradigma positivista), sino que la aplicación de la ley depende cada día mas de su coherencia y armonía con la Constitución y la garantía de los derechos fundamentales allí establecidos, para lo cual el juez goza de un gran margen de interpretación judicial, de cuestionamiento a la normatividad y a las otras ramas del poder, y de creación de derecho por vía judicial, cuando de la custodia de los derechos fundamentales y la democracia se trata.
Siguiendo a Silva tenemos que la creación judicial del derecho no es la contradicción y negación del derecho estatuido, sino su desarrollo y enriquecimiento lo que va acorde con el constitucionalismo democrático y el Estado Social de Derecho, y ésta es especialmente útil “frente a las situaciones sociales mas problemáticas, aquellas donde la disparidad entre derecho puramente formal y derecho material puede ser más intensa, junto a los casos extremos donde la complejidad de los textos jurídicos o la concurrencia de graves deficiencias en la construcción de normatividad la hacen indispensable” .
Dentro de los nuevos campos de juridicidad desarrollados por las altas cortes, entre ellas la Corte Constitucional colombiana, se encuentran, entre otros: i) la protección de grupos minoritarios y de la autonomía individual; y ii) la protección de poblaciones estigmatizadas o en situaciones de debilidad manifiesta . Dentro de estos campos podemos encontrar la protección a la Población Internamente Desplazada, quienes cada vez más deben recurrir a mecanismos de exigibilidad jurídica y a la interposición de acciones constitucionales para la garantía de sus derechos, entre estas, la Acción de Tutela. Precisamente la interposición recurrente y constante de acciones de tutela para acceder a los derechos fundamentales fue uno de los elementos que llevó a la Corte Constitucional a decretar el Estado de Cosas Inconstitucional relativo a las condiciones de vida de la Población Internamente Desplazada.
En ILSA consideramos fundamental en la protección de los derechos humanos de las víctimas de la confrontación armada, especialmente las víctimas del desplazamiento, las providencias emanadas del juez constitucional y las diferentes acciones desarrolladas por quienes actúan desde el escenario jurídico-legal a favor de este grupo poblacional, tanto a nivel interno como en escenarios del sistema interamericano. Este interés de ILSA se refleja en el desarrollo del litigio específico sobre el desplazamiento forzado, especialmente a través del proyecto Red Derecho y Desplazamiento, caso paradigmático a nivel nacional en el campo de la atención jurídica gratuita, pues pasa de la atención jurídica a la asesoría y el acompañamiento jurídico-político de las víctimas.
Queremos hacer un reconocimiento especial a la Corte Constitucional por su perseverancia y ejemplaridad en la defensa de los derechos de las personas internamente desplazadas, desde la expedición de la sentencia T-025 de 2004, la Corte Constitucional se ha arrogado el papel de protectora de los derechos fundamentales de los migrantes forzados, y ha exigido a las otras instancias estatales compromiso con este grupo poblacional para que se materialice el Goce Efectivo de Derechos y los derechos fundamentales no tengan un carácter meramente formal y marginal.
Invitamos a nuestros lectores y principalmente a los integrantes de la Red Derecho y Desplazamiento para que participen del desarrollo de este espacio, haciéndonos llegar diferentes providencias relacionadas con la temática de la página, para que sean publicadas en esta sección. Igualmente los invitamos para que nos hagan llegar reseñas y análisis de los fallos.
ILSA
Equipo Red Derecho y Desplazamiento.






